ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE MEDIACIÓN

Categoría:

II. Sector empresarial y de base asociativa

Asociaciones profesionales, empresariales y sindicales

III. Organizaciones no gubernamentales

Fundaciones y asociaciones

IV. Sector científico y de investigación

Grupos de análisis y reflexión e instituciones académicas o de investigación general

Código Postal:

28005

Domicilio Social/Profesional:

C/ Almendro, 7-Bajo

Localidad:

Madrid

País:

ESPAÑA

Página WEB (si existe):

http://www.asemed.org/

Nombre y apellidos:

JUAN PEDRO AGUILAR SAÉNZ

Cargo:

PRESIDENTE

Nombre y apellidos:

JESÚS LORENZO

Cargo:

DIRECTOR GENERAL

Correo electrónico:

direccion@asemed.org

Finalidad y Objetivos:

-PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA MEDIACIÓN COMO MÉTODO ALTERNATIVO A LA JURISDICCIÓN, PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
-PROMOCIÓN DEL ARBITRAJE Y DERECHO COLABORATIVO.
-DEFENSA DE LOS INTERESES PROFESIONALES DE LOS MEDIADORES CIVILES, MERCANTILES, FAMILIARES, PENALES, CONCURSALES, PENITENCIARIOS, LABORALES, SANITARIOS, Y CUALQUIER OTRO QUE SEA POSIBLE SU APLICACIÓN EN DERECHO.
-INVESTIGACIÓN EN CONFLICTOLOGÍA Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, ASÍ COMO EN NUEVOS ÁMBITOS DE APLICACIÓN DE LA MEDIACIÓN PARA IMPLANTAR LA CULTURA DE LA PAZ EN LA SOCIEDAD ESPAÑOLA.

Actividades específicas en relación con este Registro:

PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA MEDIACIÓN COMO MÉTODO ALTERNATIVO A LA JURISDICCIÓN, PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
-PROMOCIÓN DEL ARBITRAJE Y DERECHO COLABORATIVO.
-DEFENSA DE LOS INTERESES PROFESIONALES DE LOS MEDIADORES CIVILES, MERCANTILES, FAMILIARES, PENALES, CONCURSALES, PENITENCIARIOS, LABORALES, ETC.
-INVESTIGACIÓN EN CONFLICTOLOGÍA Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, ASÍ COMO EN NUEVOS ÁMBITOS DE APLICACIÓN DE LA MEDIACIÓN PARA IMPLANTAR LA CULTURA DE LA PAZ EN LA SOCIEDAD ESPAÑOLA.
-COLABORAR CON INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE SERVICIOS DE MEDIACIÓN.
-DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS MEDIADORES.
-FORMACIÓN EN MEDIACIÓN MEDIANTE LA ESCUELA DE FORMACIÓN DE ASEMED.
-FORMACIÓN CONTINUA DE LOS MEDIADORES PROFESIONALES.

Competencia (Art.5.1y2):

Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia

Informes sobre Proyectos Normativos

Información para el órgano judicial competente sobre las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia

Informar sobre todas las cuestiones a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia, y el Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

Supervisión regulatoria (Artículos 6 al 12):

Resolución de conflictos