Telefónica, S.A.

Categoría:

II. Sector empresarial y de base asociativa

Empresas y grupos de empresas

Código Postal:

28013

Domicilio Social/Profesional:

Calle Gran Vía 28

Localidad:

Madrid

País:

ESPAÑA

Página WEB (si existe):

www.telefonica.com

Nombre y apellidos:

Pablo de Carvajal González

Cargo:

Secretario General y del Consejo. Director de Asuntos Regulatorios

Nombre y apellidos:

Enrique Medina Malo

Cargo:

Chief Policy Officer

Correo electrónico:

enrique.medinamalo@telefonica.com

Finalidad y Objetivos:

Telefónica ofrece los medios para la comunicación entre las personas, proporcionando la tecnología más segura y de vanguardia. Queremos ser una ONLIFE TELCO: crear, proteger e impulsar las conexiones de la vida de las personas, salvaguardando el uso de sus datos y dándoles el control de su vida digital. Telefónica tiene más de 322M de clientes en 21 países, 1,5M de accionistas, 125000 empleados, 47 M€ de ingresos consolidados (2015) y cotiza en varios de los principales mercados bursátiles.

Actividades específicas en relación con este Registro:

Telefónica es una empresa altamente regulada en muchos mercados en los que está presente y sujeta a la normativa de competencia en todas sus actividades, tanto a las normas de prohibición de conductas anticompetitivas como a las de control de concentraciones económicas y ayudas de estado. Por ello, Telefónica tiene interés en todo lo relativo a estas materias: expedientes de resolución de conflictos, reformas legislativas, revisiones judiciales y cualquier otro tipo de actividad de la CNMC.

Competencia (Art.5.1y2):

Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia

Control de concentraciones económicas y ayudas públicas (Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia)

Aplicación en España de los mecanismos de cooperación y asignación de expedientes con la Comisión Europea, y los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y su Derecho derivado

Informes sobre Proyectos Normativos

Información para el órgano judicial competente sobre las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia

Informar sobre todas las cuestiones a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia, y el Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

Supervisión regulatoria (Artículos 6 al 12):

Supervisión y control del mercado de comunicaciones electrónicas

Supervisión y control en materia de mercado de comunicación audiovisual

Resolución de conflictos

Acepto la política de protección de datos de la CNMC:

Aceptado