Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE-Tenerife)

Categoría:

II. Sector empresarial y de base asociativa

Asociaciones profesionales, empresariales y sindicales

Código Postal:

38001

Domicilio Social/Profesional:

Rambla de Santa Cruz, Nº147/ Edificio Tulipán

Localidad:

Santa Cruz de Tenerife

País:

ESPAÑA

Página WEB (si existe):

http://ceoe-tenerife.com/

Nombre y apellidos:

Pedro Alfonso Martín

Cargo:

Secretario General

Nombre y apellidos:

Romina Díaz Fernández

Cargo:

Técnico Departamento de Asuntos Económicos

Correo electrónico:

rdiaz@ceoe-tenerife.com

Finalidad y Objetivos:

CEOE-Tenerife, tiene por finalidad la defensa y representación de los intereses empresariales en la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Objetivos: Aunar los problemas e intereses comunes de los empresarios; Promover y defender la unidad e integración empresarial y la unidad de mercado; Promover el crecimiento económico y desarrollo sostenible de Canarias; Promover la competitividad de las empresas y defensa de la libre competencia; Promover la I+D+i en las empresas y sociedad de la información.

Actividades específicas en relación con este Registro:

Defender la libre competencia, y, fiel a su finalidad y objetivos, coordinar, representar, gestionar, fomentar y defender los intereses empresariales, generales y comunes, en todas aquellas iniciativas de la CNMC susceptibles de impactar en la competitividad y desarrollo empresarial en nuestro ámbito territorial de actuación.

Competencia (Art.5.1y2):

Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia

Control de concentraciones económicas y ayudas públicas (Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia)

Aplicación en España de los mecanismos de cooperación y asignación de expedientes con la Comisión Europea, y los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y su Derecho derivado

Informes sobre Proyectos Normativos

Información para el órgano judicial competente sobre las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia

Informar sobre todas las cuestiones a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia, y el Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

Supervisión regulatoria (Artículos 6 al 12):

Supervisión y control del mercado de comunicaciones electrónicas

Supervisión y control en el sector eléctrico y en el sector del gas natural

Supervisión y control del mercado postal

Supervisión y control en materia de mercado de comunicación audiovisual

Supervisión y control en materia de tarifas aeroportuarias

Resolución de conflictos