CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TRANSPORTE EN AUTOBÚS (CONFEBUS)

Categoría:

II. Sector empresarial y de base asociativa

Asociaciones profesionales, empresariales y sindicales

Código Postal:

28045

Domicilio Social/Profesional:

Calle Méndez Álvaro, 83 Oficina 14 (Estación de autobuses sur)

Localidad:

Madrid

País:

ESPAÑA

Página WEB (si existe):

http://www.confebus.org/

Nombre y apellidos:

Rafael Joaquín Barbadillo López

Cargo:

Presidente

Nombre y apellidos:

Jaime Rodríguez Medal

Cargo:

Director

Correo electrónico:

jrodriguez@confebus.org

Finalidad y Objetivos:

La representación, defensa y coordinación, por los medios legales adecuados, ante todos los organismos públicos y privados, así como ante particulares, tanto de ámbito nacional como internacional, en todo cuanto afecte y se relacione con la movilidad de las personas y con el transporte colectivo de viajeros en sus diferentes modalidades, incluyendo el transporte discrecional, el regular de uso especial así como el regular de uso general y su consideración como servicio público.

Fomentar y destacar la importancia en el desarrollo económico y social de las empresas de transporte de viajeros y coordinar con las distintas Administraciones todo tipo de actuaciones conducentes a la mejora de los servicios de transporte de viajeros y la movilidad de las personas.

Actividades específicas en relación con este Registro:

Velar y promover la leal competencia a través del cumplimiento de la normativa de contratación de cualquier ámbito del transporte de viajeros, especialmente en materia laboral y administrativa.

La coordinación, representación, gestión y defensa de los intereses de las Asociaciones miembro, así como de los intereses empresariales generales y comunes de las empresas de transporte de viajeros que componen dichas Asociaciones.

Establecer, mantener y fomentar las pertinentes relaciones con entidades españolas, e internacionales relacionadas con la actividad del transporte de viajeros y la movilidad de las personas.

Servir de medio de acción para la negociación colectiva laboral, el diálogo social y la participación institucional en los diferentes organismos de las administraciones públicas.

Competencia (Art.5.1y2):

Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia

Control de concentraciones económicas y ayudas públicas (Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia)

Aplicación en España de los mecanismos de cooperación y asignación de expedientes con la Comisión Europea, y los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y su Derecho derivado

Informes sobre Proyectos Normativos

Información para el órgano judicial competente sobre las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia

Informar sobre todas las cuestiones a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia, y el Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

Supervisión regulatoria (Artículos 6 al 12):

Supervisión y control en el sector ferroviario

Resolución de conflictos

Acepto la política de protección de datos de la CNMC:

Aceptado