Asociación Profesional de Ingenieros de Organización Industrial de España (AingOI)

Categoría:

II. Sector empresarial y de base asociativa

Asociaciones profesionales, empresariales y sindicales

Código Postal:

14012

Domicilio Social/Profesional:

Calle Serbal, 18

Localidad:

Córdoba

País:

ESPAÑA

Página WEB (si existe):

www.aingoi.com

Nombre y apellidos:

José Luis Caballano Alcántara

Cargo:

Presidente

Nombre y apellidos:

José Luis Caballano Alcántara

Cargo:

Presidente

Correo electrónico:

presidente@aingoi.com

Finalidad y Objetivos:

- Agrupar a los estudiantes, titulados y profesionales de la Ingeniería en Organización Industrial de España en todos sus niveles académicos, para la defensa de sus intereses profesionales.
- Ofrecer a sus asociados un amplio servicio de información y asistencia.
- Implicarse en el avance de la Ingeniería de Organización Industrial.
- Potenciar y divulgar la figura del Ingeniero de Organización Industrial.
- Promover las relaciones con otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, relacionadas con la Ingeniería de Organización Industrial, incluidas las Universidades.
- Llevar a término las acciones oportunas para obtener el pleno reconocimiento de las titulaciones de Ingeniero de Organización Industrial, en cualquiera de sus niveles académicos.
- Promover la libre competencia como motor para el desarrollo económico del Estado Español.
- Alcanzar la igualdad de oportunidades con el resto de titulaciones de ingeniería en el ámbito industrial.
- Promover la creación de un Colegio Oficial de Ingenieros de Organización Industrial o su integración en los Colegios Profesionales del ámbito de la Ingeniería Industrial

Actividades específicas en relación con este Registro:

- Eliminar las restricciones para el ejercicio profesional de ingeniero.
- El ejercicio profesional de los Ingenieros de Organización Profesional, cuyas competencias profesionales comparte con los Ingenieros Industriales.
- El ejercicio profesional de los Grados Ingeniero Organización Industrial

Competencia (Art.5.1y2):

Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia

Informes sobre Proyectos Normativos

Información para el órgano judicial competente sobre las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia

Informar sobre todas las cuestiones a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia, y el Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

Supervisión regulatoria (Artículos 6 al 12):

Resolución de conflictos

Acepto la política de protección de datos de la CNMC:

Aceptado