ASOCIACIÓN NACIONAL DE VENDEDORES DE VEHÍCULOS A MOTOR, REPARACIÓN, RECAMBIOS Y AFINES (GANVAM)

Categoría:

II. Sector empresarial y de base asociativa

Asociaciones profesionales, empresariales y sindicales

Código Postal:

28006

Domicilio Social/Profesional:

PRÍNCIPE DE VERGARA, 74. 2º

Localidad:

MADRID

País:

ESPAÑA

Página WEB (si existe):

www.ganvam.es

Nombre y apellidos:

RAÚL PALACIOS CAMACHO

Cargo:

PRESIDENTE

Nombre y apellidos:

JAIME BAREA NAVAMUEL

Cargo:

SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA, DIRECTOR CORPORATIVO Y DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO

Correo electrónico:

jbarea@ganvam.es

Finalidad y Objetivos:

GANVAM es la Asociación decana y más representativa de la Distribución de Vehículos en España. Integra concesionarios, compraventas, talleres oficiales e independientes y empresas afines, tanto de turismos V.N. y V.O., Industriales; Motocicletas y Tractores. Sus objetivos son la representación y defensa de los intereses de sus afiliados; colaboración con la Administración; participación en todas las actividades relacionadas con el sector, y promoción de la imagen del sector.

Actividades específicas en relación con este Registro:

Transparencia, cumplimiento normativo y promoción de la libre competencia en el sector de automoción.

Competencia (Art.5.1y2):

Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia

Control de concentraciones económicas y ayudas públicas (Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia)

Aplicación en España de los mecanismos de cooperación y asignación de expedientes con la Comisión Europea, y los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y su Derecho derivado

Informes sobre Proyectos Normativos

Información para el órgano judicial competente sobre las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia

Informar sobre todas las cuestiones a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia, y el Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

Supervisión regulatoria (Artículos 6 al 12):

Supervisión y control del mercado de comunicaciones electrónicas

Supervisión y control en el sector eléctrico y en el sector del gas natural

Resolución de conflictos

Acepto la política de protección de datos de la CNMC:

Aceptado