Adscripción de Categoría
III. Organizaciones no gubernamentales
Fundaciones y asociaciones
Datos identificativos
Datos identificativos generales
28008
C/ PRINCESA, 31, 2º, 2
MADRID
ESPAÑA
Datos identificativos de la persona legalmente responsable
Carmen Adela Herrero Suárez
Presidenta
Datos identificativos de la persona de contacto principal
Carmen Adela Herrero Suárez
Presidenta
Actividades como Grupo de Interés
La causa fundacional y objeto de la Asociación radica en la promoción, defensa y cumplimiento de los principios, valores y objetivos recogidos en la Declaración de Lisboa del Acceso a la justicia y aplicación efectiva de los Derechos de las personas consumidoras de la Unión Europea y de fundación de la Red Ius Omnibus (la “Declaración” o “Declaración de Lisboa”, indistintamente).
Dicha Declaración constituye el documento fundacional esencial y el marco de referencia obligatorio que inspira, condiciona y dirige toda la actividad de la Asociación, siendo la difusión, implementación y protección de su contenido el fin primordial e irrenunciable de la Asociación.
En consecuencia, el fin general de Ius España es facilitar el acceso a la justicia de forma eficiente, transparente y rápida de toda la ciudadanía europea en general y de cualquier persona consumidora residente en España en particular, con el objetivo de conseguir un resarcimiento efectivo de las personas consumidoras, facilitar la buena administración de justicia y la terminación de aquellas prácticas que resulten contrarias a la Ley y perjudiquen a la ciudadanía, a la justicia o a la sociedad en su conjunto.
La Asociación protege y promueve los derechos de la ciudadanía y las personas consumidoras reconocidos en el Derecho de la Unión Europea y en el ordenamiento jurídico español, abarcando, entre otras, las siguientes materias:
(i) El derecho de acceso universal a la justicia.
(ii) La promoción de la participación ciudadana como instrumento para la configuración de una sociedad civil independiente.
(iii) El Derecho de Consumo y protección de las personas consumidoras.
(iv) La protección de los intereses de las personas consumidoras frente a cualquier tipo de infracción o acto de empresarios o profesionales que infrinjan sus derechos e intereses.
(v) El Derecho de la Competencia, incluyendo la lucha contra prácticas anticompetitivas, abuso de posición de dominio y control de concentraciones.
(vi) La protección frente a prácticas comerciales desleales y publicidad ilícita.
(vii) La defensa de la protección de datos personales, privacidad y derechos digitales, conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
(viii) El fomento y la defensa de la transparencia y el buen gobierno de las instituciones públicas y empresas.
(ix) La promoción de un espacio y mercado digital seguro, justo y transparente, conforme a la normativa europea aplicable en cada momento (en especial Ley de Mercados Digitales y Ley de Servicios Digitales y sus normas de desarrollo).
(x) La defensa de la igualdad efectiva de derechos entre hombres y mujeres de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
(xi) La defensa y promoción de los derechos de la juventud y su participación libre y eficaz en el desarrollo social, económico, cultural y político de conformidad con el artículo 48 de la Constitución Española.
(xii) La defensa de los derechos de la infancia, garantizando su protección frente a prácticas comerciales abusivas, publicidad engañosa o contenidos digitales inadecuados, velando en todo momento por el interés superior de los menores conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, y en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
(xiii) La protección del medio ambiente y fomento de la sostenibilidad y la economía circular, promoviendo un consumo responsable y sostenible.
Así como cualquier otro fin u objetivo que la Asociación determine en un futuro a través de sus órganos de gobierno y representación.
Poder acceder a información necesaria para llevar a cabo las finalidades y objetivos reflejados en los Estatutos de la sociedad indicados en el apartado anterior.
Ámbitos de interés de la CNMC
Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia
Control de concentraciones económicas y ayudas públicas (Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia)
Informes sobre Proyectos Normativos
Información para el órgano judicial competente sobre las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia
Supervisión y control del mercado de comunicaciones electrónicas
Supervisión y control en el sector eléctrico y en el sector del gas natural
Supervisión y control del mercado postal
Supervisión y control en materia de mercado de comunicación audiovisual
Supervisión y control en materia de tarifas aeroportuarias
Supervisión y control en el sector ferroviario
Resolución de conflictos
Aceptado