ASOCIACION ESPAÑOLA DE PLATAFORMAS DIGITALES DE ALQUILER TEMPORAL (PAT)

Categoría:

II. Sector empresarial y de base asociativa

Empresas y grupos de empresas

Código Postal:

28046

Domicilio Social/Profesional:

PASEO DE LA CASTELLANA 43

Localidad:

MADRID

País:

ESPAÑA

Nombre y apellidos:

ALMUDENA UCHA DOMINGUEZ

Cargo:

PRESIDENTE

Nombre y apellidos:

ALMUDENA UCHA DOMINGUEZ

Cargo:

PRESIDENTE

Correo electrónico:

almudena@rentalia.com

Finalidad y Objetivos:

La Asociación tiene como fines:
a. La defensa de los intereses comunes de sus Asociados, promoviendo y apoyando el conocimiento y desarrollo de las plataformas tecnológicas de alojamiento en el marco de la industria digital y de la normativa aplicable en España y en la Unión Europea.
b. Elaborar propuestas que impulsen cambios normativos en interés del conjunto o parte de los Asociados. Defender los intereses del sector del turismo en relación con la regulación de las viviendas de uso turístico o alquiler temporal, incluyendo, sin limitación, las de alojamiento rural, así como los hogares compartidos.
c. Asumir la representación y defensa de los intereses de la Asociación ante todo tipo de personas, organismos y entidades, tanto públicas como privadas, bien sean de carácter local, autonómico, estatal, europeo o internacional.
d. Ejercitar ante los juzgados, tribunales o cualesquiera otros entes u organismos públicos o privados, las acciones que procedan con arreglo a las leyes vigentes en defensa de los intereses de la Asociación, con la aprobación previa de la Junta Directiva.
e. Promover el turismo responsable a través de la generación de iniciativas de información y formación de los actores intervinientes en la actividad turística y viajeros, así como fomentar todos aquellos actos que concurran a afianzar y aumentar el conocimiento del turismo responsable.
f. Impulsar el diálogo con viajeros, propietarios y comunidades locales para desarrollar códigos de buenas prácticas y promover una convivencia responsable.
g. Fomentar además la cooperación entre los operadores que realicen cualquier actividad relacionadas con los alquileres temporales realizadas a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos, los propios usuarios, así como con cualquier órgano de la administración del Estado con competencia en materia de turismo.
h. Ser fuente de información para los viajeros en relación con cualquier aspecto, contenido, problemática, normativa u otros que pudieran derivarse de toda actividad de explotación y desarrollo de alojamientos turísticos realizadas a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos.
i. Fomentar la comunicación y cooperación con organizaciones similares de otros países.
j. Difundir información económica, técnica y profesional, para desarrollo y perfeccionamiento de la actividad de los miembros de la Asociación.
k. Defender todas sus propuestas y actuaciones ante la opinión pública, en especial a través de campañas de comunicación, difusión y formación.
l. Participar, si así lo aprueba la Asamblea General, en federaciones y confederaciones con otras asociaciones o entidades profesionales, sin más limitaciones que las establecidas por la propia Asamblea General
m. Para todo lo anterior, la Asociación podrá constituir los Grupos de Trabajo que se estimen necesarios o convenientes para la mejor consecución de los objetivos de la Asociación

Dichos fines serán perseguidos a través del desarrollo de las siguientes acciones:
a. La defensa de los intereses relacionados con los ámbitos de actuación enumerados ante organismos públicos y privados, tanto nacionales, de la Unión Europea y extranjeros.
b. El ejercicio ante los Juzgados y Tribunales de cualquier orden o jurisdicción de las acciones y excepciones que procedan, así como la realización de las gestiones y actividades necesarias ante toda clase de autoridades, funcionarios, organismos o entidades públicas o privadas nacionales, de la Unión Europea y extranjeros.
c. Participar por el cauce legal en las tareas comunitarias de la vida política, económica y social, que interesen a los fines propios de la Asociación.
d. Adquirir y poseer bienes y contraer obligaciones con sujeción a las normas reglamentarias y sin que en ningún caso la responsabilidad de la gestión financiera se extienda a ningún asociado.
e. Articular mecanismos que permitan a los viajeros defender sus intereses en sede de la Asociación.

Actividades específicas en relación con este Registro:

La defensa de los intereses de nuestros asociados y la presentación de posiciones ante la CNMC. Participación en reuniones y grupos de trabajo.

Competencia (Art.5.1y2):

Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia

Informes sobre Proyectos Normativos

Informar sobre todas las cuestiones a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia, y el Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

Supervisión regulatoria (Artículos 6 al 12):

Resolución de conflictos