ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE SEGURIDAD DE TRANSPORTE DE OBRAS DE ARTE

Categoría:

II. Sector empresarial y de base asociativa

Asociaciones profesionales, empresariales y sindicales

Código Postal:

28043

Domicilio Social/Profesional:

Calle López de los hoyos, 322

Localidad:

Madrid

País:

ESPAÑA

Página WEB (si existe):

www.aetoa.es

Nombre y apellidos:

JUAN LUIS FELTRERO OREJA

Cargo:

PRESIDENTE

Nombre y apellidos:

BEATRIZ BELINCHÓN DÍAZ

Cargo:

Secretaría General

Correo electrónico:

aetoa@aetoa.es

Finalidad y Objetivos:

AETOA es un grupo de interés que tiene por objeto la representación y defensa de los intereses de las empresas de seguridad privada autorizadas para la actividad específica de depósito y transporte nacional e internacional de obras de arte que se encuentran ubicadas en España.
En el desarrollo de sus fines, AETOA asume la representación y gestión colectiva de los intereses de sus miembros asociados ante las Administraciones públicas y ante toda clase de entidades e instituciones de naturaleza pública y privada.
De entre los fines de AETOA, destaca el fomentar el adecuado desarrollo del Sector del transporte de las obras de arte, en beneficio de todos los agentes económicos y sobre la base de su experiencia y su conocimiento técnico.

Actividades específicas en relación con este Registro:

Para contribuir a los objetivos que persigue el Registro de Grupos de Interés de la CNMC, AETOA considera necesario y conveniente inscribirse en el Registro de cara a desarrollar sus actuaciones con la CNMC con transparencia y con arreglo a los Principios de Actuación definidos por la CNMC en cumplimiento de la normativa aplicable en materia de defensa de la competencia.

Competencia (Art.5.1y2):

Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia

Control de concentraciones económicas y ayudas públicas (Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia)

Aplicación en España de los mecanismos de cooperación y asignación de expedientes con la Comisión Europea, y los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y su Derecho derivado

Informes sobre Proyectos Normativos

Información para el órgano judicial competente sobre las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia

Informar sobre todas las cuestiones a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia, y el Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

Supervisión regulatoria (Artículos 6 al 12):

Resolución de conflictos

Acepto la política de protección de datos de la CNMC:

Aceptado