ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE DETERGENTES Y DE PRODUCTOS DE LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y AFINES - ADELMA

Categoría:

II. Sector empresarial y de base asociativa

Asociaciones profesionales, empresariales y sindicales

Código Postal:

28046

Domicilio Social/Profesional:

PLAZA DE CASTILLA 3, PLANTA 22, PUERTA E-2

Localidad:

MADRID

País:

ESPAÑA

Página WEB (si existe):

www.adelma.es

Nombre y apellidos:

MARIA DEL PILAR ESPINA MANCHÓN

Cargo:

DIRECTORA GENERAL

Nombre y apellidos:

MARIA DEL PILAR ESPINA MANCHÓN

Cargo:

DIRECTORA GENERAL

Correo electrónico:

adelma@adelma.es

Finalidad y Objetivos:

Defender los intereses de la industria española dedicada a la detergencia, limpieza, biocidas, ambientadores y afines en las
vertientes técnico-regulatoria, económica, laboral, etc.

Actividades específicas en relación con este Registro:

Mostrar nuestro compromiso con la transparencia en el desarrollo de nuestras actividades con arreglo a los principios de
actuación definidos por la CNMC así como nuestro compromiso en la defensa de la libre competencia.
Representar y defender los intereses del sector en las iniciativas de la CNMC susceptibles de impacto en la competitividad
de nuestro sector y en el cumplimiento de la legislación aplicable al ámbito de nuestra Asociación: detergentes, economía
circular, biocidas, CSS, REACH, CLP, seguridad industrial y laboral, Pacto Verde Europeo, transporte de mercancías,
residuos, envases y residuos de envases, sostenibilidad, medio ambiente, ecoetiquetado, precursores de explosivos y
drogas, armas químicas (ANPAQ).

Competencia (Art.5.1y2):

Persecución de conductas que supongan impedir, restringir o falsear la competencia

Control de concentraciones económicas y ayudas públicas (Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia)

Aplicación en España de los mecanismos de cooperación y asignación de expedientes con la Comisión Europea, y los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y su Derecho derivado

Informes sobre Proyectos Normativos

Información para el órgano judicial competente sobre las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de Defensa de la Competencia

Informar sobre todas las cuestiones a que se refiere el artículo 16 de la Ley de Defensa de la Competencia, y el Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

Supervisión regulatoria (Artículos 6 al 12):

Resolución de conflictos

Acepto la política de protección de datos de la CNMC:

Aceptado