Los grupos de interés y las personas que los representan deben cumplir la legislación vigente y las normas de conducta siguientes:
- Respetar las instituciones y personas con quienes se relacionan en el desarrollo de su actividad.
- Actuar de forma transparente. lnformar al personal de la CNMC con quien se relacionen, cualquiera que fuera el escenario o medio por el que se comuniquen, que están actuando como grupos de interés y que están inscritos en el Registro de Grupos de lnterés de la CNMC y, en su caso, en cualquier otro listado similar.
- Facilitar la información relativa a la identidad de la persona u organización a quien representan y los objetivos y finalidades representadas. Garantizar la exactitud y actualización de la información que se inscribe.
- No difundir la información de carácter confidencial que pudieran conocer en el ejercicio de su actividad. Aceptar que parte de la información que proporcionen a la CNMC se haga pública.
- Actuar con integridad y honestidad en el desarrollo de su actividad y en sus relaciones con el personal de la CNMC y no llevar a cabo ninguna actividad que pueda ser calificada como deshonesta o ilícita.
- No poner al referido personal de la CNMC en ninguna situación que pueda generar un conflicto de intereses.
- No influir ni intentar influir en la toma de decisiones de manera deshonesta ni obtener o intentar obtener información de manera deshonesta o a través de un comportamiento inapropiado.
- No incitar, por ningún medio, a los empleados públicos de la CNMC a infringir la ley o las reglas de comportamiento establecidas en los códigos de conducta, y, en consecuencia, no realizar ningún obsequio de valor ni ofrecer ningún favor o servicio que pueda comprometer la ejecución íntegra de las funciones públicas
- lnformar a las personas u organizaciones a quienes representen de la existencia de los presentes Principios de Actuación y de las obligaciones que incluyen, y no representar intereses contradictorios o adversos sin el consentimiento informado de las personas u organizaciones afectadas.
- No hacer uso abusivo del alta para darse publicidad, ni dar a entender que el hecho de figurar en el Registro les confiere una situación o privilegio especial ante los poderes públicos.